sábado, 29 de noviembre de 2014

INTRODUCCIÓN



La educación además de ser uno de los valores más importantes de una sociedad, es una de las disciplinas capitales para la cultura y el avance de un país, pues constituye sin duda el abono sobre el que se extenderán las raíces de nuestras próximas generaciones. Este hecho adquiere más importancia si cabe cuando hablamos de la educación infantil, pues es en esta primera etapa cuando el ser humano empieza a adquirir los valores que más adelantes lo formarán y definirán como persona.

El progreso y el tiempo nos empuja cada vez más hacia sociedades más civilizadas y solidarías con las otras personas y con el medio que nos rodea y ese es el cometido de una buena educación de base, es decir de una buena educación infantil. Por ese motivo el título de la FP Superior en Educación Infantil, está cobrando en los últimos años una importancia crucial en la estructura de los países y las plazas para la captación de nuevos profesionales para el sector aumentan cada año.

Muchas son las responsabilidades que el puesto acarrea, por lo que se necesita de técnicos altamente preparados y formados para desarrollas las tareas necesarias. Con el curso de Técnico Superior en Educación Infantil, aprenderás todo lo necesario para llevar a cabo todas las funciones y acciones necesarias, y entra a formar parte de uno de los sectores más importantes y con una mayor oferta laboral.

DESCRIPCIÓN DEL CICLO


DESCRIPCIÓN DEL CICLO
1 NOMBRE Y FAMILIA PROFESIONAL
Nombre: Técnico Superior en Educación Infantil

Familia Profesional: Servicios socioculturales y a la Comunidad



2 NORMATIVA A NIVEL NACIONAL


Orden ESD/4066/2008, de 3 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil.
NORMATIVA
El Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, establece el título de Técnico Superior en Educación Infantil y sus enseñanzas mínimas, de conformidad con el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, que regula la ordenación general de la formación profesional en el sistema educativo, y define en el artículo 6 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone en el artículo 6.4 que las Administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas reguladas en dicha Ley, del que formarán parte los aspectos básicos señalados en apartados anteriores del propio artículo 6. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía tal como se recoge en el capítulo II del título V de la citada Ley.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional establece en el artículo 10.2 que las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, podrán ampliar los contenidos de los correspondientes títulos de formación profesional.

El Real Decreto 954/2008, de 6 de junio, en su Disposición derogatoria primera, deroga el Real Decreto 1265/1997, de 24 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil, establecido al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo.

De conformidad con lo anterior y una vez que el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, ha fijado el perfil profesional del título de Técnico Superior en Educación Infantil, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que constituyen los aspectos básicos del currículo que aseguran una formación común y garantizan la validez de los títulos en todo el territorio nacional, procede ahora determinar, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, la ampliación y contextualización de los contenidos de los módulos profesionales incluidos en el título de Técnico Superior en Educación Infantil, respetando el perfil profesional del mismo.

Las necesidades de un mercado de trabajo integrado en la Unión Europea requieren que las enseñanzas de formación profesional presten especial atención a los idiomas de los países miembros incorporándolos en su oferta formativa. En este sentido, este ciclo formativo incorpora en el currículo formación en la lengua inglesa, dando respuesta a lo dispuesto en Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Asimismo, el currículo de este ciclo formativo se establece desde el respeto a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros que impartan formación profesional, impulsando éstos el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de formación, investigación e innovación en su ámbito docente y las actuaciones que favorezcan la mejora continua de los procesos formativos.

Por otra parte, los centros de formación profesional desarrollarán el currículo establecido en esta Orden, teniendo en cuenta las características del alumnado, con especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad.

Finalmente, cabe precisar que el currículo de este ciclo formativo integra los aspectos científicos, tecnológicos y organizativos de las enseñanzas establecidas para lograr que el alumnado adquiera una visión global de los procesos productivos propios del perfil profesional del Técnico Superior en Educación Infantil.

En el proceso de elaboración de esta Orden ha emitido informe el Consejo Escolar del Estado.

Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:

CAPÍTULO I: Disposiciones generales


Artículo 1. Objeto.

Esta Orden tiene por objeto determinar el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil establecido en el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

El currículo establecido en esta Orden será de aplicación en el ámbito territorial de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte de conformidad con lo establecido en el artículo 149.3 de la Constitución.

CAPÍTULO II: Currículo


Artículo 3. Currículo.

1. El currículo para las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil establecido en el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, queda determinado en los términos fijados en esta Orden.

2. El perfil profesional del currículo, que viene expresado por la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales y las cualificaciones y las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, es el incluido en el título de Técnico Superior en Educación Infantil referido en el punto anterior.

3. Los objetivos generales del currículo del ciclo formativo, los objetivos de los módulos profesionales expresados en términos de resultados de aprendizaje y sus criterios de evaluación son los incluidos en el título de Técnico Superior en Educación Infantil referido en el punto 1 de este artículo.



4. Los contenidos de los módulos profesionales que conforman el presente currículo, adaptados a la realidad socioeconómica, así como a las perspectivas de desarrollo económico y social del entorno, son los establecidos en el anexo I de esta Orden.

Artículo 4. Duración y secuenciación de los módulos profesionales.

1. La duración total de las enseñanzas correspondientes a este ciclo formativo, incluido el módulo profesional de formación en centros de trabajo, es de 2000 horas.

2. Los módulos profesionales de este ciclo formativo, cuando se oferten en régimen presencial, se organizarán en dos cursos académicos y se ajustarán a la secuenciación y distribución horaria semanal determinadas en el anexo II de esta Orden.

3. El primer curso académico se desarrollará íntegramente en el centro educativo. Para poder cursar el segundo curso, será necesario haber superado los módulos profesionales que supongan en su conjunto, al menos, el ochenta por ciento de las horas del primer curso y, en cualquier caso, todos los módulos profesionales soporte incluidos en el mismo señalados como tales en el anexo II. Se garantizará el derecho de matriculación de aquellos alumnos que hayan superado algún módulo profesional en otra Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31.3 del Real Decreto 1538/2006.

4. Con carácter general, durante el tercer trimestre del segundo curso, y una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo, se desarrollará el módulo profesional de formación en centros de trabajo.

5. Excepcionalmente, y con el fin de facilitar la adaptación del número de alumnos a la disponibilidad de puestos formativos en las empresas, aproximadamente la mitad del alumnado de segundo curso podrá desarrollar dicho módulo profesional de formación en centros de trabajo durante el segundo trimestre del segundo curso siempre y cuando hayan superado positivamente todos los módulos profesionales del primer curso académico.

6. Sin perjuicio de lo anterior y como consecuencia de la temporalidad de ciertas actividades económicas, que puede impedir que el desarrollo del módulo profesional de formación en centros de trabajo pueda ajustarse a los supuestos anteriores, éste se podrá organizar en otros períodos coincidentes con el desarrollo de la actividad económica propia del perfil profesional del título.

7. En cualquier caso, la evaluación del módulo profesional de formación en centros de trabajo quedará condicionada a la evaluación positiva del resto de los módulos profesionales del ciclo formativo.

Artículo 5. Espacios y equipamientos.

Los espacios y equipamientos que deben reunir los centros de formación profesional para permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza cumpliendo con la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo, son los establecidos en el anexo II del Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación Infantil.

Artículo 6. Profesorado.

1. Las especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas establecidas para el título referido en el Artículo 1 de esta Orden, así como las titulaciones equivalentes a efecto de docencia, son las recogidas respectivamente, en los anexos III A y III B del Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación Infantil.

2. Las titulaciones requeridas y cualesquiera otros requisitos necesarios para la impartición de los módulos profesionales que integran el título señalado en el artículo 1 de esta Orden para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras Administraciones distintas de las educativas se concretan en el anexo III C del Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación Infantil.

Artículo 7. Módulo profesional de proyecto.

1. El módulo profesional de proyecto tiene un carácter interdisciplinar e incorpora las variables tecnológicas y organizativas relacionadas con los aspectos esenciales de la competencia profesional del título de Técnico Superior en Educación Infantil.

2. Con carácter general este módulo será impartido por el tutor de formación en centros de trabajo.

3. El módulo profesional de proyecto se desarrollará durante el mismo periodo que el módulo profesional de formación en centros de trabajo. El profesor responsable de su desarrollo deberá anticipar las actividades de enseñanza y aprendizaje que faciliten el desarrollo posterior del módulo.

4. El desarrollo y seguimiento del módulo profesional de proyecto deberá compaginar la tutorización individual y colectiva. En cualquier caso, al menos el 50% de la duración total se llevará a cabo de forma presencial, completándose con la tutorización a distancia empleando las tecnologías de la información y la comunicación.

5. La evaluación de este módulo profesional quedará condicionada a la evaluación positiva del resto de los módulos profesionales del ciclo formativo, incluido el de formación en centros de trabajo.

Artículo 8. Enseñanza bilingüe.

1. El currículo de este ciclo formativo incorpora la lengua inglesa de forma integrada en al menos dos módulos profesionales de entre los que componen la totalidad del ciclo formativo. Estos módulos se impartirán por el profesorado con atribución docente en los mismos y que, además, posea la habilitación lingüística correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo de referencia para las lenguas.

2. Al objeto de garantizar que la enseñanza bilingüe se imparta en los dos cursos académicos del ciclo formativo de forma continuada se elegirán módulos profesionales de ambos cursos.

3. Los módulos susceptibles de ser impartidos en lengua inglesa son los señalados en el anexo III.

4. Como consecuencia de la mayor complejidad que supone la transmisión y recepción de enseñanzas en una lengua diferente a la materna, los módulos profesionales impartidos en lengua inglesa incrementarán su carga horaria lectiva, en tres horas semanales para módulos que se impartan en el primer año y dos horas para los que se desarrollen durante el segundo curso. Además, el profesorado que imparta dichos módulos profesionales tendrá asignadas en su horario individual, al menos tres horas semanales, para su preparación. Estas horas tendrán el mismo carácter que las horas lectivas.

5. Con carácter excepcional y de forma transitoria, cuando el profesorado con atribución docente no cuente con el nivel de inglés exigido en estos módulos profesionales compartirá, un total de tres horas semanales para módulos que se impartan en el primer año y dos horas para los que se desarrollen durante el segundo curso, con un profesor de la especialidad de inglés. En este supuesto, la programación de dicho módulo incluirá unidades de trabajo o didácticas que se desarrollen exclusivamente en lengua inglesa, y el resto de unidades didácticas incorporarán actividades de enseñanza aprendizaje impartidas exclusivamente en inglés en ese tiempo asignado.

CAPÍTULO III: Adaptaciones del currículo

Artículo 9. Adaptación al entorno socio-productivo.

1. El currículo del ciclo formativo regulado en esta Orden se establece teniendo en cuenta la realidad socioeconómica y las características geográficas, socio-productivas y laborales propias del entorno de implantación del título.

2. Los centros de formación profesional dispondrán de la necesaria autonomía pedagógica, organizativa y de gestión económica para el desarrollo de las enseñanzas y su adaptación a las características concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional.

3. Los centros autorizados para impartir este ciclo formativo concretarán y desarrollarán las medidas organizativas y curriculares que resulten más adecuadas a las características de su alumnado y de su entorno productivo, de manera flexible y en uso de su autonomía pedagógica, en el marco general del proyecto educativo, en los términos establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.

4. El currículo del ciclo formativo regulado en esta Orden se desarrollará en las programaciones didácticas o desarrollo curricular, potenciando o creando la cultura de prevención de riesgos laborales en los espacios donde se impartan los diferentes módulos profesionales, así como una cultura de respeto ambiental, el trabajo de calidad y bajo normas de calidad, la creatividad, la innovación y la igualdad de géneros.

Artículo 10. Adaptación al entorno educativo.

1. Los centros de formación profesional gestionados por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte desarrollarán el currículo establecido en esta Orden, teniendo en cuenta las características del alumnado y del entorno, atendiendo especialmente a las personas con discapacidad, en condiciones de accesibilidad y con los recursos de apoyo necesarios para garantizar que este alumnado pueda cursar estas enseñanzas en las mismas condiciones que el resto.

2. Asimismo, las enseñanzas de este ciclo se impartirán con una metodología flexible y abierta, basada en el autoaprendizaje y adaptadas a las condiciones, capacidades y necesidades personales del alumnado, de forma que permitan la conciliación del aprendizaje con otras actividades y responsabilidades.

CAPÍTULO IV: Otras ofertas y modalidad de estas enseñanzas

Artículo 11. Oferta a distancia.

1. Los módulos profesionales susceptibles de ser ofertados en la modalidad a distancia son exclusivamente los señalados en el anexo IV de esta Orden.

2. Los módulos profesionales ofertados a distancia que, por sus características requieran que se establezcan actividades de enseñanza-aprendizaje presenciales que faciliten al alumnado la consecución de todos los objetivos expresados en resultados de aprendizaje, son los señalados en el anexo IV. Asimismo, en el mismo anexo se indica el porcentaje de aprendizajes en el aula de éstos módulos profesionales.

3. Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación adoptarán las medidas necesarias y dictarán las instrucciones precisas a los centros que estén autorizados para impartir este ciclo formativo en régimen presencial para la puesta en marcha y funcionamiento de la oferta del mismo a distancia.

4. Los centros autorizados para impartir enseñanzas de formación profesional a distancia contarán con materiales curriculares adecuados que se adaptarán a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Artículo 12. Oferta combinada.

Con el objeto de responder a las necesidades e intereses personales y dar la posibilidad de compatibilizar la formación con la actividad laboral, con otras actividades o situaciones, la oferta de estas enseñanzas para las personas adultas y jóvenes en circunstancias especiales podrá ser combinada entre regímenes de enseñanza presencial y a distancia simultáneamente, siempre y cuando no se cursen los mismos módulos en las dos modalidades al mismo tiempo.

Artículo 13. Oferta para personas adultas.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales podrán ser objeto de una oferta modular destinada a las personas adultas.

2. Esta formación se desarrollará con una metodología abierta y flexible, adaptada a las condiciones, capacidades y necesidades personales que les permita la conciliación del aprendizaje con otras actividades y responsabilidades, cumpliendo lo previsto en el capítulo VI del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre. Además, dicha formación será capitalizable para conseguir un título de formación profesional, para cuya obtención será necesario acreditar los requisitos de acceso establecidos.

3. Con el fin de conciliar el aprendizaje con otras actividades y responsabilidades, las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación podrán establecer medidas específicas dirigidas a personas adultas para cumplir lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, y posibilitar una oferta presencial y a distancia de forma simultánea.

4. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte podrá autorizar a las Direcciones Provinciales y a las Consejerías de Educación la impartición, en los centros de su competencia, de módulos profesionales organizados en unidades formativas de menor duración. En este caso, cada resultado de aprendizaje, con sus criterios de evaluación y su correspondiente bloque de contenidos, será la unidad mínima e indivisible de partición.

Disposición adicional primera. Autorización para impartir estas enseñanzas.

Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación tramitarán ante la Dirección General de Formación Profesional la autorización para poder impartir las enseñanzas de este ciclo formativo, de forma completa o parcial, en régimen presencial y a distancia de los centros que lo soliciten y cumplan los requisitos exigidos conforme a la legislación vigente.

Disposición adicional segunda. Implantación de estas enseñanzas.

1. En el curso 2008-2009 se implantará el primer curso del ciclo formativo al que hace referencia el artículo 1 de la presente Orden y dejarán de impartirse las enseñanzas de primer curso amparadas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, correspondientes al título de Técnico Superior en Educación Infantil.

2. En el curso 2009-2010 se implantará el segundo curso del ciclo formativo al que hace referencia el artículo primero de la presente Orden y dejará de impartirse las enseñanzas del segundo curso amparadas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, correspondientes al título de Técnico Superior en Educación Infantil.

Disposición adicional tercera. Habilitación lingüística del profesorado de enseñanza bilingüe.

El profesorado que vaya a impartir docencia en lengua inglesa deberá estar en posesión, antes de la fecha de inicio de cada curso académico, de la habilitación lingüística correspondiente, a cuyo efecto el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte llevará a cabo un procedimiento de habilitación antes del comienzo de cada curso.

Disposición adicional cuarta. Formación del profesorado de enseñanza bilingüe.

Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación programarán cursos de formación intensiva de lengua inglesa destinados a todos los profesores de formación profesional que vayan a impartir docencia en dicha lengua, quienes tendrán la obligación de asistir a los mismos. La formación que se oferte a estas especialidades de profesorado será de tres tipos:



a) Formación intensiva, mediante un curso realizado, preferentemente en la modalidad presencial, durante el mes de septiembre.

b) Formación de larga duración a lo largo del año escolar, mediante un curso que combine la forma presencial y en línea, que se realizará fuera del horario de obligada permanencia en el centro formativo. Durante el período de realización del módulo profesional de Formación en centros de trabajo, este curso se intensificará y se realizará, en lo posible, dentro del horario de obligada permanencia en el centro.

c) Formación en país anglófono, mediante un curso, visitas culturales e instituciones y conferencias que se realizará al final del curso una vez finalizada las actividades escolares en los centros formativos.

Disposición transitoria. Sustitución de títulos relacionados con estas enseñanzas.

1. El alumno que, al finalizar el curso escolar 2007-2008, cumpla las condiciones requeridas para cursar el segundo curso del Título de Técnico Superior en Educación Infantil amparado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y que no haya superado alguno de los módulos profesionales del primer curso del mencionado título, contará con dos convocatorias en cada uno de los dos años sucesivos para poder superar dichos módulos profesionales. Transcurrido dicho periodo, en el curso escolar 2010-2011, se le aplicarán las convalidaciones, para los módulos superados, establecidas en el artículo 15.1 del Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Educación Infantil, regulado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. Al alumno que, al finalizar el curso escolar 2007-2008, no cumpla las condiciones requeridas para cursar el segundo curso del Título de Técnico Superior en Educación Infantil amparado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se le aplicarán las convalidaciones establecidas en el artículo 15.1 del Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Educación Infantil, regulado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

3. El alumno que, al finalizar el curso escolar 2008-2009, no cumpla las condiciones requeridas para obtener el Título de Técnico Superior en Educación Infantil amparado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, contará con dos convocatorias en cada uno de los dos años sucesivos para poder superar dichos módulos profesionales, a excepción del módulo de formación en centro de trabajo para el que se dispondrá de un curso escolar suplementario. Al alumno que transcurrido dicho periodo no hubiera obtenido el título se le aplicarán las convalidaciones, para los módulos superados, establecidas en el artículo 15.1 del Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Educación Infantil, regulado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Disposición final primera. Aplicación de la Orden.

Se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional, en el ámbito de sus competencias, para adoptar las medidas y dictar las instrucciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta Orden.



Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de noviembre de 2008.–La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.

ANEXO I

MÓDULOS PROFESIONALES


Módulo Profesional: Didáctica de la Educación Infantil

Código: 0011

Contenidos:

Análisis del contexto de la intervención educativa.

– Instituciones formales y no formales de atención a la infancia. Tipos. Modelos. Funciones. Características.

– Análisis de la legislación vigente de los servicios de atención a la infancia en el ámbito formal y no formal a nivel europeo, estatal y autonómico.

Los servicios de atención a la infancia. Objetivos y organización.

Programas de atención a la infancia en espacios formales y no formales en Europa.

Programas de atención a la infancia en espacios formales y no formales en el Estado y en las Autonomías.

– El papel del Técnico Superior de Educación Infantil en la intervención educativa. Deontología profesional: características personales y profesionales.

– La escuela infantil. Modelos y marco legislativo. Funciones. Características.

– Valoración de las nuevas tecnologías como fuente de información.

Diseño de la intervención educativa.

– El currículo, tipos y elementos que lo componen. Fuentes del currículo.

– El currículo en Educación Infantil.

– Niveles de concreción curricular.

– Análisis e identificación de los elementos que componen un Proyecto Educativo y un Proyecto Curricular. Finalidad del Proyecto Educativo y del Proyecto Curricular.

– Niveles de planificación de una intervención en el ámbito no formal: plan, programa y proyecto. Elementos que lo configuran.

– Comparación entre documentos de planificación de instituciones formales y no formales.

– Valoración de la importancia de la planificación en atención a la infancia.

Determinación de estrategias metodológicas.

– Modelos didácticos específicos de educación infantil.

– Aportaciones históricas que definen el proceso de enseñanza – aprendizaje.

– Análisis de los principios psicopedagógicos que sustentan los modelos más recientes de educación infantil.

– Principios y estrategias metodológicas que favorecen el proceso de enseñanza - aprendizaje en la educación infantil.

– Programación y elaboración de unidades didácticas.

Fases de la programación.

Elementos de las unidades didácticas.

Selección de diferentes tipos de unidades didácticas.

Selección de criterios de evaluación de la programación.

– Comparación de diversas experiencias educativas en niños y niñas de 0 a 6 años.

– Valoración de la participación en el trabajo en equipo.

Planificación de espacios, tiempos y recursos en la intervención educativa.

– Materiales didácticos, espacios y tiempos. Criterios de organización.

– Normativa reguladora del uso de espacios, recursos y tiempos en la intervención formal y no formal.

– Normativa de seguridad en los espacios dedicados a la atención a la infancia.

– Recursos didácticos: organización espacial y temporal.

– La relación en el aula. Agrupamiento.

– Selección de materiales de acuerdo a la planificación de la intervención educativa.



– Asignación de espacios, tiempos y recursos (materiales y personales) de acuerdo con la planificación de la intervención educativa.

– Accesibilidad a los espacios.

– Sensibilización en la generación de entornos seguros.

Organización de la implementación de actividades de educación formal y no formal.

– Transversalidad en Educación Infantil.

– Diseño y organización de actividades que traten la atención a la diversidad y la compensación de desigualdades sociales.

– Análisis y diseño de los diferentes tipos de adaptaciones curriculares

– Implementación de las actividades formales y no formales

– Valoración de la coherencia de la implementación de actividades formales y no formales.

Diseño de la evaluación del proceso de intervención.

– Evaluación: modelos, técnicas e instrumentos.

– Indicadores de evaluación.

– Criterios de selección y elaboración de instrumentos y técnicas.

– La observación. Instrumentos e interpretación.

– Interpretación de la información obtenida de los procesos de evaluación.

– Gestión de la calidad en centros educativos.

– Reconocimiento de la necesidad de evaluar el proceso de intervención educativa.

– Predisposición a la autocrítica y autoevaluación.

– Actualización y la formación permanente. Recursos



3 DURACION

2000 horas



4 MODULOS PROFESIONALES

MODULO PROFESIONAL




Primer curso

0011-Didáctica de la educación infantil

Horas Totales: 202

Horas Semanales: 6


0021-Autonomía personal y salud infantil

Horas Totales: 165

Horas Semanales: 5


0013-El juego infantil y su metodología
Horas Totales: 160

Horas Semanales: 8


0014-Expresión y comunicación

Horas Totales: 187

Horas Semanales: 6



0015-Desarrollo cognitivo y motor
Horas Totales: 187
Horas Semanales: 6


0016-Desarrollo socioafectivo
Horas Totales: 155

Horas Semanales: 5




Segundo Curso

0017-Habilidades sociales

Horas Totales: 105

Horas Semanales: 5


0018-Intervención con familias y atención a menores en riesgo social
Horas Totales: 105

Horas Semanales: 5


0020-Primeros auxilios
Horas Totales: 40
Horas Semanales: 2


0021-Formación y orientación laboral
Horas Totales: 90
Horas Semanales: 4


0022-Empresa e iniciativa emprendedora
Horas Totales: 65
Horas Semanales: 3


0019-Proyecto de atención a la infancia
Horas Totales: 35

0023-Formación en centros de trabajo
Horas Totales: 380


0024. Ex. Inglés (Primer Curso)
Horas Totales: 64

Horas Semanales: 2


0024. Ex. Inglés (Segundo Curso)
Horas Totales: 60

Horas Semanales: 3 


Total de Horas 


Primer Curso: 960

Segundo Curso: 1040



5 CONDICIONES DE ACCESO
Acceso directo:

Estar en posesión del Título de Bachiller.

Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato experimental.

Estar en posesión de un Título de Técnico Superior, Técnico Especialista o equivalente a efectos académicos.

Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).

Estar en posesión de cualquier Titulación Universitaria o equivalente.

Acceso mediante prueba (para quienes no tengan alguno de los requisitos anteriores):

Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requiere tener al menos 19 años en el año que se realiza la prueba o 18 para quienes poseen el título de Técnico).


6 ESTUDIOS A LOS QUE TIENE ACCESO

Cursos de especialización profesional.

Otro Ciclo de Formación Profesional de Grado Superior con la posibilidad de establecer convalidaciones de módulos profesionales de acuerdo a la normativa vigente.



Enseñanzas Universitarias con la posibilidad de establecer convalidaciones de acuerdo con la normativa vigente.

AMBITO DE ACTUACIÓN

1. PUESTOS OCUPACIONALES

Este profesional ejerce su actividad en el sector de la educación formal y no formal y en el sector de los servicios sociales de atención a la infancia. 

Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes: 

Educador o educadora infantil en primer ciclo de educación infantil, siempre bajo la supervisión de un maestro o maestra como educadores en las instituciones dependientes de organismos estatales o autonómicos y locales, y en centros de titularidad privada. 

Educador o educadora en instituciones y/o en programas específicos de trabajo con menores (0-6
años) en situación de riesgo social, o en medios de apoyo familiar, siguiendo las directrices de otros
profesionales. 

Educador o educadora en programas o actividades de ocio y tiempo libre infantil con menores de 0 a6 años: ludotecas, casas de cultura, bibliotecas, centros educativos, centros de ocio, granjas escuela,etc.





2. RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DOCENTE. ¿QUE SON?


Riesgo laboral es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para prevenir riesgos en los centros docentes, han de constar en el Plan de Prevención los riesgos potenciales, y su valoración. Se ha de incluir la relación de medios disponibles para hacer frente a una posible emergencia.

Además de los riesgos laborales hay que recordar que los niños y niñas a los que se dirige a acción formativa de los centros de educación infantil pueden sufrir accidentes con ocasión de su aprendizaje. Estos riesgos escolares no son propios de la prevención de riesgos laborales, pero las actuaciones en materia de prevención laboral harán que se minimicen.


COMUNES

  • Caídas a distinto nivel como, por ejemplo cuando se va cargado por una escalera o rampa, ha habido algún empujón, la escalera o rampa tiene una anchura escasa o es resbaladiza.
  • Caídas al mismo nivel, como por ejemplo al tropezar por un pasillo lleno de mochilas, sillas de paseo, juguetes, etc.
  • Caídas por ventanas u oquedades abiertas.
  • Golpes con objetos y herramientas que se están manipulando. 
  • Golpes contra objetos inmóviles, como por ejemplo mesas o contra objetos o personas que se desplazan, como puede ser un choque con un alumno que va corriendo por un pasillo o con las mesas de servicio en el comedor.
  • Golpes por caídas de herramientas, materiales u objetos, no exclusivamente en el aula, que se están manipulando.


RIESGOS LABORALES PROVOCADOS POR AGENTES MECÁNICOS

Atrapamiento entre objetos como estanterías, armarios o archivadores debido a la sobrecarga y baja estabilidad de los mismos.

Cortes con elementos cortantes de máquinas, herramientas o superficies peligrosas sobre todo en cocina y menos frecuentemente en el aula.


RIESGOS LABORALES PROVOCADOS POR AGENTES MEDIOAMBIENTALES

Los riesgos medioambientales en un centro de educación infantil son debidos a agentes físicos: luz, temperatura, humedad, ruido, vibraciones; químicos o biológicos

1.- Agentes Físicos
  • Falta o exceso de iluminación en las clases.
  • Malas condiciones termo higrométricas –de temperatura y/o humedad- que provocan diferencias de temperatura entre unas clases y otras; y entre las aulas y los pasillos.
  • Mantener cerradas las persianas y uso de luz artificial.
  • Reflejos en el aula
  • Ruido debido a clases cercanas, o proveniente de la calle.
  • Vibraciones por la existencia de obras, maquinaria no aislada convenientemente, etc.

2.- Agentes Químicos

Todos los riesgos químicos son debidos a la exposición a sustancias nocivas tanto sólidos, como líquidos o gaseosos que suspendidas en el aire o no, afectan la salud del hombre; sustancias tóxicas que son productos químicos cuya fabricación, proceso, distribución, uso o eliminación representan un riesgo inasumible para la salud humana o para el medio ambiente; sustancias cáusticas o corrosivas que son ácidos o bases fuertes, por ejemplo: el salfumán, la sosa, limpiadores de lavavajillas o productos desatascadores de tuberías.


3.- Agentes Biológicos


Los agentes biológicos que generan riesgos laborales son seres vivos que causan enfermedades infecciosas, como virus y bacterias, o toxinas. El riesgo se ve incrementado al estar varias personas en el aula u otra zona del centro con un número reducido de metros cuadrados.

Virus y bacterias, muy normal trabajando con niños y en espacios reducidos. Para evitar el contagio es importante:
  • Dividir la zona de cambios de pañales.
  • Lavarse las manos antes y después de cada situación de riesgo.
  • Lavar a menudo los juguetes, mobiliario y material de cocina.
Lo ideal es no entrar en contacto con niños que tengan enfermedades contagiosas pero eso es prácticamente imposible. Es importante utilizar guantes a la hora de manipular mocos, sangre y otros fluidos orgánicos de estos niños.


RIESGOS LABORALES PSICOSOCIALES



Mal clima laboral, sobrecarga en el trabajo, el excesivo número de alumnos por clase, escasez de medios, y la falta de expectativas pueden ser causas de afecciones tanto físicas como psíquicas:

  • Estrés: toda demanda física o psicológica fuera de lo habitual y bajo presión que se le haga al organismo. En pequeñas dosis, es bueno y estimulante pero el exceso de estrés puede ser dañino para el cerebro y el cuerpo llegando a producir envejecimiento prematuro o un estado depresivo intenso.
  • Acoso o mobbing: se produce cuando el trabajador es hostigado para conseguir que abandone el trabajo. Enlace relacionado: www.mobbing.ws
  • Fatiga mental: una disminución de la eficiencia funcional que se manifiesta en una peor relación esfuerzo-resultado, sensación de fatiga y frecuencia de errores entre otros.
  • Síndrome Bourn-out o síndrome de estar quemado: dicho término se utiliza para referirse al desgaste profesional que sufren los trabajadores de los servicios humanos (educación, salud, administración pública, etc.), debido a unas condiciones de trabajo que tienen fuertes demandas sociales.


Enfermedades de la voz



La Organización Internacional del Trabajo (OFF) considera al profesorado corno la primera categoría profesional bajo riesgo de contraer enfermedades profesionales de Ia voz, pues el tipo de voz más proclive a dañar los órganos vocales es la “voz proyectada”, es decir, la que se utiliza para ejercer una influencia sobre otras personas, llamándolas, intentando persuadir, tratando de ganar audiencia. 

De hecho, en nuestro país, los “Nódulos de las cuerdas vocales como consecuencia de los esfuerzos sostenidos de la voz por motivos profesionales” son la única patología reconocida en la actualidad como enfermedad profesional para el colectivo docente.

CONCEPTOS

La voz es una corriente de aire que asciende por un tubo (tráquea) que de modo súbito se estrecha (cuerdas vocales). El estrechamiento hace que el aire produzca la vibración de las cuerdas vocales, y esta vibración es recogida por las cavidades de resonancia, imprescindibles para la emisión de la voz. Las más importantes son: la parte baja de la faringe, la cavidad bucal, el paladar, los senos paranasales y la rinofaringe. En definitiva, la emisión de la voz se debe a la acción coordinada de una infinidad de músculos y órganos: abdomen, tórax, cuello, cara, etc.


Se deben distinguir dos conceptos:

  • Afonía: trastorno de la voz en su grado máximo, pérdida total de la voz, no se puede emitir ningún sonido.
  • Disfonía: desórdenes de la voz que la desvían de alguna forma de lo normal.

Diferenciamos a su vez entre:

  • Disfonía funcional: la causa del trastorno no se encuentra de modo evidenciable dentro de los componentes de la laringe y entre ellos las cuerdas vocales.
  • Disfonía orgánica: cuando se aprecia una lesión dentro de la laringe, hallándose principalmente en las cuerdas vocales. Las lesiones más habituales son: nódulos pólipos, edemas, quistes y diversas laringitis. 

CAUSAS

Existen factores personales entre las causas de los problemas de voz como los hábitos alimenticios, de consumo de tabaco, e incluso la forma de hablar. No obstante, dado que los hábitos de los docentes no difieren demasiado de los del resto de la población, si entre el profesorado las patologías de la voz tienen una incidencia mucho mayor, parece evidente que ello es debido a su profesión.

El profesorado debe enseñar a los alumnos una materia concreta, adiestrarles en una forma de comportamiento y hacerles mantener un estado óptimo de estimulación y ofrecerles un soporte afectivo, lo que conlleva un uso intensivo de la voz que no se da en otras profesiones

Existe una mayor incidencia de problemas de voz en los niveles educativos inferiores, y en algunas materias especificas como idiomas, educación física o música, donde, en general, la necesidad de sobreesfuerzos vocales es mayor. Dichas patologías también son más frecuentes durante los primeros años de ejercicio profesional ya que con la práctica se produce un autocontrol involuntario y una mejora de la técnica vocal.

La incidencia de los nódulos vocales en las mujeres es mayor, probablemente debido al hecho de poseer una laringe más pequeña o más bien a que para elevar su voz deben realizar un mayor esfuerzo vocal que los hombres.


FACTORES DE RIESGO

La tarea

Como ya se ha comentado anteriormente, la práctica docente exige un uso constante de la voz, subidas y bajadas de tono, para comunicar, remarcar lo importante, reprender o recompensar, estimular o calmar, preguntar, responder, etc.

En ocasiones, el profesional habla a la vez que se escribe en la pizarra. Si lo hace colocado de espaldas a la clase, al proyectarse la voz en dirección contraria hacia donde están las personas que han de recibir el mensaje, se hace imprescindible elevar el tono.

Ruido

AI interior del aula llegan en ocasiones multitud de ruidos, bien procedente de fuera del centro (calles o carreteras muy transitadas. vías férreas. etc.) bien generados en las propias instalaciones (una inadecuada distribución de los espacios o tiempos, deficiente aislamiento acústico de zonas ruidosas como aulas de música, gimnasios, talleres, etc.).

El ruido también puede proceder del interior del aula y ser generado por el alumnado, por ser un grupo numeroso, por su edad, por su comportamiento. etc.

Un nivel de ruido elevado obliga a forzar la voz para poder mantener la comunicación e imponer autoridad y además afecta negativamente a la labor educativa, ya que incrementa la fatiga mental y la agresividad, dando lugar a problemas de comportamiento y conflictos, además de disminuir el nivel de atención y concentración.

Investigaciones realizadas en este campo estiman que el ruido ambiental normal en las aulas se sitúa generalmente en torno a los 55 dBA. El docente eleva de forma espontánea la intensidad de la voz, para mantenerla 15 dBA por encima del nivel de ruido ambiental. Esto significa que durante gran parte de las horas de clase el profesional habla con al menos 70 dBA de intensidad, mientras la intensidad fisiológica de la VOZ conversacional no supera los 65 dBA. Esta circunstancia supone un esfuerzo potencialmente peligroso para las cuerdas vocales.

Acústica de las aulas

Las dimensiones de algunas aulas (grandes dimensiones, techos de elevada altura ) obligan a elevar la voz. Mención especial merece la materia de educación física, que se desarrolla en espacios de grandes dimensiones como gimnasios o polideportivos o, incluso, al aire libre.

Por otra parte, tanto la relación entre las diferentes dimensiones (largo, alto y ancho), como los materiales que recubren suelo y paredes de algunos espacios generan reverberación, fenómeno que dificulta la comunicación. Como consecuencia, el docente debe forzar la voz para conseguir que su mensaje sea comprendido por el alumnado.

Condiciones no adecuadas: la temperatura, humedad y ventilación

Las condiciones extremas y las variaciones de temperatura, tanto dentro del aula como entre el aula y los pasillos, pueden generar problemas en el aparato respiratorio y por tanto también afectar a la fonación.

En cuanto a la humedad, en las aulas puede haber problemas con niveles bajos de humedad, que aparecen sobre todo cuando está funcionando la calefacción, lo que dificulta el mantenimiento del nivel necesario de lubricación de las cuerdas vocales. En los gimnasios o en las clases de educación física al aire libre, en ocasiones, los problemas surgen por exceso de humedad.

Por último, mencionar que una ventilación escasa genera un aire viciado, con mayor concentración de agentes potencialmente patógenos, y malos olores, factor que puede influir indirectamente en la fonación.

Polvo

El polvo, tanto el que procede del exterior, como el que origina la tiza, sobre todo la tiza no hipoalergénica, resulta molesto e irrita la garganta del docente.

Edad del alumnado

A menor edad del mismo, generalmente hay mayor incidencia de problemas de voz, si bien, en los niveles inferiores el número de alumnos/as por aula suele ser menor.

En Educación Infantil, hay que tener en cuenta que los alumnos no saben leer, por lo que la explicación de cualquier materia, concepto o actividad ha de hacerse de forma fundamentalmente verbal. Es muy frecuente el uso de cuentos como método de aprendizaje y que el profesor ponga voces distintas para cada uno de los personajes, con el esfuerzo vocal suplementario que supone el hecho de utilizar unos registros distintos al propio. Las canciones también son una forma de enseñanza muy utilizada que supone cierta sobrecarga de la función vocal.

Número de alumnos/as por clase

Influye directamente tanto en el nivel de ruido existente en la clase, como en las posibilidades de generación de conflictos y en la distancia a la que se sitúan los alumnos más alejados.

Horario de las clases

Las clases de primera hora de la mañana y las de después de comer, son de mayor riesgo. Tras despertarnos, la actividad orgánica está regida por el sistema Simpático (la parte del sistema nervioso que gobierna la vida vegetativa y es independiente de la voluntad) lo que dificulta la actividad de las cuerdas vocales. Después de comer, se activa la digestión (función regulada, al igual que la fonación, por el nervio vago) apareciendo sopor, que induce a una fonación más costosa, que se agrava ante la dificultad del descenso del diafragma, debido a un aumento del volumen del estómago.

Estrés


La tensión generada por la propia tarea y la multiplicidad de funciones que impartir una clase implica, influye en la utilización de la v oz. La tarea docente exige un gran rendimiento físico y psíquico de tal forma que cualquier situación que merme dicha capacidad, conllevará un mayor esfuerzo vocal para compensarla.

Es especialmente reseñable el llamado estrés del principiante, que se produce en los primeros años de docencia y también el que aparece cuando hay que abordar una asignatura nueva, un cambio de nivel, etc.

La falta de seguridad que sufre quien se inicia en una tarea, incrementa su estrés, y ello afecta a su voz. También se produce el fenómeno inverso. Al ser la voz una herramienta de trabajo imprescindible para el docente, cuando la misma deja de responder adecuadamente se puede producir sensación de impotencia que puede originar situaciones de estrés.
Falta de formación específica

En ocasiones, la formación previa del docente no incluye técnicas para una correcta utilización de la voz.


PATOLOGÍAS DE LA VOZ MÁS COMUNES ENTRE EL PROFESORADO
  • Nódulos y pólipos: excrecencias de las cuerdas vocales relacionadas con una mala dinámica vibratoria. Son reversibles en su forma inicial, pero en estados avanzados precisan microcirugía. Requieren reeducación ortofónica.
  • Corditis vasomotora: congestión crónica. Se agrava con el esfuerzo vocal y es parcialmente reversible.
  • Hiperplasia de los pliegues vesticulares: Se trata de una excesiva multiplicación de células normales en dichos órganos. Puede resolverse con ejercicios ortofónicos, aunque en último caso precisa de microcirugia.
  • Otras: Hiperemia de los bordes libres de las cuerdas vocale s, úlceras laríngeas de contacto, laringitis pseudomixomatosa, etc.

APTITUDES

Características personales y profesionales. Ética profesional

El Técnico Superior en Educación Infantil tiene unas características y cualidades personales especialmente justificadas por la relación y comunicación intensa que se establece con los niños muy pequeños.

La estabilidad emocional, la firmeza, la afectividad y el autocontrol son imprescindibles para una intervención educativa.

También se establece una estrecha relación con las familias que exige al educador contar con habilidades sociales, sensibilidad, madurez, discreción y prudencia.

Características personales

Abierto a nuevas situaciones e ideas, y dispuesto a seguir aprendiendo.

Conocimiento del status que ocupa socialmente su profesión.

Comprensión de la complejidad de la educación infantil y de la necesidad de la existencia de diferentes soluciones y propuestas de acuerdo con los contextos y realidades sociales.

Creatividad para enfrentarse a nuevos problemas y buscar soluciones originales.

Valorar los progresos de la educación infantil y proponer nuevas propuestas de mejoras.

Abierto a plantearse nuevas formas de actuación e investigación en el campo de la educación infantil y en la intervención con niños de 0 a 6 años en los diferentes ámbitos y modalidades de intervención.


Características personales que favorecen la relación con los niños

• Autoestima, estabilidad emocional.
• Alegría, habilidades sociales, autocontrol.
• Discreción, prudencia, paciencia.
• Ser consciente de las limitaciones de los niños.
• Sensibilidad.
• Espontaneidad y capacidad de improvisación.
• Observadores.
• Capacidad para establecer límites.
• Capacidad de expresarse.

Características personales que favorecen la relación con los padres

• Sentido de la responsabilidad.
• Disposición para el trabajo en equipo.
• Solidaridad.
• Capacidad para entender el punto de vista de otros.
• Voluntad y autodisciplina.



Ética profesional

Hace referencia al conjunto de principios y normas morales que regulan la actividad profesional:


Principio de respeto a la persona y de protección de los derechos humanos

• Prohibición de realizar prácticas que atenten contra la integridad física o psíquica de los niños. Informar de las prácticas que vayan contra este principio.
• Obligación de respetar la conciencia moral y religiosa de los niños y de sus familias.
• Prohibición de discriminar en la prestación de servicios por razones de nacimiento, sexo, raza, credo…
• Obligación de hacer uso estrictamente profesional de los datos del niño, su familia y las circunstancias que atenten a su intimidad.


Principio de responsabilidad

• Debe rendir cuentas por sus actuaciones u omisiones.


Principio del interés superior del niño.

• Cuando hay conflictos se ha de mantener el interés del niño.


Principio de independencia

• Capacidad de decidir el contenido técnico de acuerdo con sus conocimientos y convicciones profesionales.


Principio de lealtad

• Lealtad al centro: obligación de cooperar.
• Lealtad entre profesionales: respetar a sus compañeros en sus opciones profesionales.

Principio de honestidad y sinceridad

• Facilitar a la familia información sobre el programa educativo, sus objetivos y métodos, su
alcance y posibilidades.
• Prohibición de crear falsas expectativas.
• Obligación de elaborar informes de los niños de forma clara, precisa e inteligente.


Principio de competencia profesional

• Disponer de una buena preparación profesional, llevar a cabo una formación permanente y estar al día de los avances y desarrollos de la profesión.


Principio de interdisciplinariedad.


• Cooperar con otros profesionales conociendo sus diferentes campos y respetándolos.

ACTITUDES

Del modelo propuesto por el actual diseño curricular de Técnico Superior en Educación Infantil se desprenden una serie de actitudes que se ha de potenciar:

Actitud de respeto y confianza en el niño/a posibilitando que exprese sus opiniones y sentimientos, sin miedo a cometer errores fomentando así el sentimiento de seguridad en sí mismo y su autoestima.

Actitud afectuosa y favorable hacia el trato con los niños/as, favoreciendo el acercamiento (especialmente en los periodos de adaptación al centro y al grupo de iguales) el contacto corporal y el diálogo afectivo.

Actitud tolerante y no autoritaria animando a los alumnos a que asuman responsabilidades de forma paulatina, recogiendo las críticas y propuestas, en la línea de ir construyendo una dinámica de clase democrática y participativa.

Actitud favorable hacia la búsqueda y el descubrimiento, incitando a los niños/as a que se interroguen, establezcan diálogos sobre sus propias ideas e hipótesis.

Actitud contraria a los prejuicios y estereotipos sociales contradictoria con la sociedad democrática a la que pertenecemos: discriminación, racismo,...

Actitud y conducta coherente y estable de tal forma que los niños/as la puedan interpretar y predecir.

Actitud favorable hacia el estudio, la formación y el auto perfeccionamiento en la línea de un enriquecimiento personal y profesional continuo.

Actitud abierta a la participación, al intercambio de ideas y opiniones, al trabajo en grupo y a la crítica y a la autocrítica.

COMPETENCIAS REQUERIDAS

Competencia general.

La competencia general de este título consiste en diseñar, implementar y evaluar proyectos y programas educativos de atención a la infancia en el primer ciclo de educación infantil en el ámbito formal, de acuerdo con la propuesta pedagógica elaborada por un Maestro con la especialización en educación infantil o título de grado equivalente, y en toda la etapa en el ámbito no formal, generando entornos seguros y en colaboración con otros profesionales y con las familias.


Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

a) Programar la intervención educativa y de atención social a la infancia a partir de las directrices del programa de la institución y de las características individuales, del grupo y del contexto.

b) Organizar los recursos para el desarrollo de la actividad respondiendo a las necesidades y características de los niños y niñas.

c) Desarrollar las actividades programadas, empleando los recursos y estrategias metodológicas apropiadas y creando un clima de confianza.

d) Diseñar y aplicar estrategias de actuación con las familias, en el marco de las finalidades y procedimientos de la institución, para mejorar el proceso de intervención.

e) Dar respuesta a las necesidades de los niños y niñas, así como de las familias que requieran la participación de otros profesionales o servicios, utilizando los recursos y procedimientos apropiados.

f) Actuar ante contingencias relativas a las personas, recursos o al medio, transmitiendo seguridad y confianza y aplicando, en su caso, los protocolos de actuación establecidos.

g) Evaluar el proceso de intervención y los resultados obtenidos, elaborando y gestionando la documentación asociada al proceso y trasmitiendo la información con el fin de mejorar la calidad del servicio.

h) Mantener actualizados los conocimientos científicos y técnicos relativos a su actividad profesional, utilizando los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida.

i) Actuar con autonomía e iniciativa en el diseño y realización de actividades, respetando las líneas pedagógicas y de actuación de la institución en la que desarrolla su actividad.

j) Mantener relaciones fluidas con los niñ os y niñas y sus familias, miembros del grupo en el que se esté integrado y otros profesionales, mostrando habilidades sociales, capacidad de gestión de la diversidad cultural y aportando soluciones a conflictos que se presenten.

k) Generar entornos seguros, respetando la normativa y protocolos de seguridad en la planificación y desarrollo de las actividades.

l) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

m) Gestionar su carrera profesional, analizando oportunidades de empleo, autoempleo y aprendizaje.

n) Crear y gestionar una pequeña empresa, realizando estudio de viabilidad de productos, de planificación de la producción y de comercialización.

ñ) Participar de forma activa en la vida económica, social y cultural, con una actitud crítica y de responsabilidad.

FUNCIONES DE UN TÉCNICO SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL

Las tareas que un buen profesional en educación infantil debe ser capaz de llevar a cabo son:

  • Ser capaz de gestionar todas las contingencias que puedan aparecer en el entorno de los niños y niñas, ya sea en el entorno familiar o en otros entornos. Siempre con el ánimo de integrar y de aportar soluciones a los posibles conflictos haciendo fluir la comunicación entre las diferentes parte integrantes.

  • Colaborar siempre con la familia para buscar el mejor entorno de integración para los infantes, en los diferentes ámbitos de su día a día.

  • Ser capaz de mediar y gestionar en los quehaceres de diversidad cultural siempre con ánimo integrador y positivo.

  • Gestionar cualquier tipo de ayudad o intervención tanto de carácter personal, educativa o social que tenga relación con los niños y niñas y sus familias.

  • Ser capaz de gestionar los recursos necesarios, activar los protocolos y procedimientos correspondientes, en el tiempo preciso para atender y dar respuesta a los infantes y sus familiar incluso cuando estos requieran de la participación de otros profesionales, como médicos, agentes sociales u otros.

  • Actuar siempre con coherencia, seguridad y confianza ante cualquier eventualidad, para que los niños y las niñas reciban una sensación de seguridad. 

  • Gestionar toda la documentación necesaria, y ser capaz de emitir y analizar valoraciones sobre resultados obtenidos de cualquier actuación o intervención realizada sobre el entorno o persona de los infantes.

  • Formación continua. Seguir motivado y buscar la formación, el crecimiento personal, la mayor profesionalidad, y el bien de los niños y las niñas, a través del conocimiento y la continúa actualización del mismo, sobre todo lo referente a la educación infantil, sus técnicas, sus métodos…

LISTADO DE INSTITUTOS DONDE SE IMPARTE EL CICLO


Ciclo formativo de grado superior de Educación Infantil disponible en:

ALMERIA

  • Adra (I.E.S. Gaviota)
Dirección: Estero 4. Tlf: 671 530 641. Puestos escolares: 30. Bilingüe: No.

  • Almería (I.E.S. Alhadra)
Dirección: Carrera Alhadra 7.Tlf: 950 156 930. Puestos escolares: 80. Bilingüe: No.

  • Vera (I.E.S. Ayanub)
Dirección: Mayor s/n. Tlf: 950 451 962. Puestos escolares: 30. Bilingüe: No.


CÁDIZ
  • Algeciras (I.E.S. Levante)
  • Cádiz (I.E.S. Cornelio Balbo)
  • Puerto de Santa María (C.D.P. Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia)
  • Jerez de la frontera (C.D.P. Montealto, I.E.S. Asta Regia) 
  • Rota (I.E.S. Arroyo Hondo)


CÓRDOBA

  • Córdoba ( C.D.P. María Inmaculada , I.E.S. Averroes, CDP Zalima)
  • Posadas ( C.D.P. Yucatal)
  • Pozoblanco ( I.E.S. Antonio María Calero )
  • Priego de Córdoba ( I.E.S. Álvarez Cubero )


GRANADA
  • Baza ( I.E.S. Pedro Jiménez Montoya )
  • Granada ( C.D.P. Cristo Rey , I.E.S. Virgen de las Nieves , C.D.P. Santiago Ramón y Cajal) 
  • Santa Fe (I.E.S. Jiménez de Quesada).


HUELVA
  • Aracena ( I.E.S. San Blas )
  • Huelva (I.E.S. La Orden ) 
  • Valverde del Camino (I.E.S. Don Bosco)



JAÉN

  • Andújar ( C.D.P. Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia)
  • Baeza ( I.E.S. Santísima Trinidad )
  • Jaen ( I.E.S. Auringis )
  • Torredonjimeno ( I.E.S. Acebuche ) 
  • Úbeda (C.D.P. Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia).


MÁLAGA
  • Antequera ( I.E.S. Pintor José María Fernández )
  • Fuengirola ( I.E.S. Santiago Ramón y Cajal)
  • Málaga ( C.D.P. Santísima Trinidad , C.D.P. Santa Madre Sacramento , I.E.S. Mayorazgo)
  • Ronda (I.E.S. Pérez de Guzmán).


SEVILLA
  • Arahal ( I.E.S. Al-Andalus )
  • Camas ( I.E.S. Tartessos )
  • Dos Hermanas ( I.E.S. Vistazul)
  • Écija ( C.D.P. Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia) 
  • Los Palacios y Villafranca ( I.E.S. Maestro Diego Llorente)
  • Sevilla (C.D.P. Oscus , C.D.P. Virgen Milagrosa , C.D.P. Albaydar , C.D.P. Academia 
  • Sopeña-Oscus , I.E.S. San Jerónimo , I.E.S. Salvador Távora , I.E.S. Llanes )

CONCLUSIÓN

Después de haber realizado el presente trabajo, hemos llegado a la conclusión, de que la educación infantil es una parte indispensable en el aprendizaje del ser humano, siendo ésta la base. Por éste motivo, es importantísimo que se imparta de una forma correcta, con unos valores dentro de una ética y de una moralidad.

Por todo esto y para concluir queremos realizar una mención especial a la integridad, tanto moral como afectiva del educador, ya que pensamos que toda educación sobre todo en esta etapa debe partir del cariño y la comprensión. Debemos de pensar que esos niñ@s son el futuro e intentar motivarles para su mejor desarrollo, tanto a nivel intelectual, cognitivo como social.

WEBGRAFIA




ANEXO - Entrevista



1. ¿Por qué decidiste dedicar tu vida profesional a la enseñanza?

Mi decisión fue absolutamente vocacional. Llevaba muchos años dando clases particulares de inglés y supongo que llevaba dentro el gusanillo.


2. ¿Crees que este trabajo tiene que ser vocacional?

Por supuesto, te tienen que gustar los niños, enseñarles, y también aprender con ellos. Los niños son muy buenos maestros aunque ellos no sean conscientes de ello.

3. ¿Hay alguna característica necesaria en el Técnico de educación infantil?

La paciencia, las ganas de que sus alumnos adquieran conocimientos nuevos y que a su vez jueguen ¡hay tiempo para todo! y por supuesto, ser un poco payaso, un poco infantil y saber que se puede jugar con ellos, bailar…nunca te sentirás ridículo. Ellos te aceptan como eres.

4. ¿Cuántos niños tiene en la clase?

Al ser maestro de infantil bilingüe-inglés tengo que pasar por todas las aulas de educación infantil, que son nueve. Cada una de ellas tiene una ratio de 25 niños/as.

5. ¿Le resulta complicado trabajar con tantos niños a la vez? ¿Cree que debería de haber menos alumnos por profesor en cada clase?

Creo que en tres años la ratio ideal sería de 15 niños y en cuatro y cinco años no superior a 20.

6. ¿Ha tenido algún niño con alguna dificultad auditiva o de otro TIPO? ¿Se lo comunicó a las familias o informó a un equipo especialista primero?

A lo largo de mi trayectoria, he tenido varios niños con necesidades educativas específicas de apoyo educativo donde me he encontrado con una niña con autismo selectivo, una niña con síndrome de Down, una niña con hipoacusia leve, un niño el cual ha tenido una parálisis cerebral y a consecuencia de ello tiene cierta discapacidad motora, cognitiva y del desarrollo del lenguaje… Con cada uno de los casos tuve el apoyo del equipo de orientación educativa donde por un lado, el orientador me daba pautas PARA saber CÓMO tratar con ellos y de cómo informarles a las familias, del maestro de audición y lenguaje, y la maestra de pedagogía terapéutica. Así mismo, previamente, tuve una reunión con la familia de cada niño para tener un intercambio de información y explicarle las medidas específicas que íbamos a llevar con sus hijos dentro del aula a la vez que le pedíamos su consentimiento y colaboración.

7. ¿Cómo organiza la clase a la hora de empezar a hacer una actividad?

Dependiendo de la actividad, la clase la organizo con distintos agrupamientos, en gran grupo, (como por ejemplo, a la hora de realizar una asamblea, una actividad de psicomotricidad, etc.), en pequeño grupo (a la hora de trabajar por rincones, realizar talleres, etc.), y en trabajo individual (a la hora de hacer fichas…)

8. ¿Se siente libre a la hora de aplicar su criterio pedagógico?

Sí. Una de las cosas buenas que tiene este trabajo es la libertad de cátedra que se nos da.

9. ¿Qué actividades cree que son fundamentales en la educación infantil?

El niño de educación infantil debe realizar muchos tipos de actividades distintas, como por ejemplo pueden ser actividades donde se desarrolle el lenguaje oral, actividades donde se manipule, se observe y se experimente, actividades lúdicas a través del juego, actividades donde se trabaje la lógica matemática, actividades donde se trabajen las tecnologías de la información y la comunicación, actividades donde podamos trabajar tanto la individualización como la socialización, actividades para potenciar la autoestima, la confianza y la seguridad en sí mismo, etc.

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